En el siguiente enlace puede consultar la Ley 5/2012 de asuntos civiles y mercantiles, con texto consolidado con las novedades introducidas por la Ley Orgánica 1/2025 de medidas de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Es de interés para todo mediador profesional.
Comentar que las novedades mas significativas relacionadas con la Mediación son:
- Se califica a la Mediación como MASC, medio adecuado de solución de controversias.
- Por tanto es un medio para cumplir con el requisito de procedibilidad de admisión de demanda incluido en la ley.
- La sesión informativa se transforma en sesión inicial, y debe cumplir una serie de requisitos formales. Art 17.
- Aparece la certificación del mediador para certificar la asistencia de las partes a mediación y la existencia de buena fe de las partes en el proceso.
- Se establecen plazos muy breves desde la solicitud de inicio de mediación hasta la celebración de sesión constitutiva o fin del proceso.